Recientemente, la Corte Suprema ratificó el despido de un trabajador que usaba reiteradamente su celular en horas de trabajo.
En un gran debate se ha visto envuelta la reciente Casación Laboral 21412-2022, Lima Este, luego que la Corte Suprema de Justicia resolvió que usar el celular en horario de trabajo puede ser considerado como falta grave y ocasionar el despido de un trabajador.
Este caso corresponde al de un operario maquinista que fue despedido por usar el celular durante su jornada en una empresa textil. Se sabe que esta persona fue amonestada hasta cinco veces por la misma razón, sin embargo, al no hacer caso, fue despedido en una sexta vez.
El trabajador llevó su caso hasta la Corte Suprema, donde se consideró su riesgosa función como trabajador maquinista y que, por ende, podría poner en riesgo su integridad o la de sus compañeros.
En ese sentido, se invocó la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, que fue analizada en segunda instancia: literal a) del artículo 25 del Decreto Legislativo 728.
Artículo 25º.- Falta grave es la infracción por el trabajador de los deberes esenciales que emanan del contrato, de tal índole, que haga irrazonable la subsistencia de la relación. Son faltas graves:
a) El incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral la reiterada resistencia a las órdenes relacionadas con las labores, la reiterada paralización intempestiva de labores y la inobservancia del Reglamento Interno de Trabajo o del Reglamento de Seguridad e Higiene Industrial, aprobados o expedidos, según corresponda, por la autoridad competente que revistan gravedad. La reiterada paralización intempestiva de labores debe ser verificada fehacientemente con el concurso de la Autoridad Administrativa de Trabajo, o en su defecto de la Policía o de la Fiscalía si fuere el caso, quienes están obligadas, bajo responsabilidad a prestar el apoyo necesario para la constatación de estos hechos, debiendo individualizarse en el acta respectiva a los trabajadores que incurran en esta falta;”
Además, la Suprema recordó, para que el despido sea justificado, este debe estar fundado en una causa justa: el trabajador solo puede ser despedido bajo dos ámbitos:
a) Relacionado con la capacidad del trabajador.
b) Relacionado con la conducta del trabajador.
La Suprema declaró infundado el recurso de casación: el despido estuvo justificado, el trabajador infringió el literal a) del artículo 25 del Decreto Legislativo 728.