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Sunat: Obligados podrán presentar su declaración electrónica de beneficiario final

Mediante plataforma electrónica Sunat Operaciones en Línea (SOL). Su objetivo es prevenir la evasión y la elusión tributaria.

A partir de mañana miércoles 15 hasta el 23 de junio, más de 15 000 contribuyentes de todo el país presentarán la declaración informativa de beneficiario final, mediante un trámite 100% virtual, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

La declaración es 100% virtual y se realiza mediante el formulario virtual N° 3800, que cuenta con una versión simplificada disponible en la plataforma electrónica Sunat Operaciones en Línea (SOL) y en su portal institucional.

En esta oportunidad, los contribuyentes que deben presentar la declaración son las personas jurídicas domiciliadas en el país, y que en el ejercicio 2021 registraron ingresos netos mayores a 1000 UIT (4.4 millones de soles).

Las normas del beneficiario final tienen como finalidad prevenir la evasión y la elusión tributaria, garantizar el cumplimiento de las obligaciones de asistencia administrativa mutua en materia tributaria –intercambio de información tributaria y financiera– y cooperar en la lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

El beneficiario final es la persona natural que posee acciones o ejerce el control de una empresa, ya sea de forma directa o indirecta, de manera individual o conjunta con otras personas naturales o jurídicas. En caso de que no sea posible identificarla plenamente, será la persona natural que ocupe el puesto administrativo más alto o de mayor jerarquía.

Orientación

Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de esta obligación, la Sunat ha habilitado una sección en su portal institucional para comunicar sobre la declaración informativa del beneficiario final .

Asimismo, ofrece orientación presencial en sus centros de servicios al contribuyente, telefónica por medio de su Central de Consultas y virtual mediante sus cuentas oficiales en redes sociales.

En caso de que el contribuyente obligado no cumpla con presentar la declaración oportunamente o consigne información incorrecta, se le aplicará una sanción proporcional a sus ingresos netos, la cual oscilará entre 5 UIT (23 000 soles) y 50 UIT (230 000 soles).

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

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