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Régimen CAS en debate

 El Congreso promulgó por insistencia la Ley Nº 31131, que elimina de forma progresiva el régimen de contratación administrativa de servicios (CAS) en el sector público, norma que había sido observada por el Poder Ejecutivo.

En líneas generales, el objetivo de esta norma es incorporar al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 (Ley de Productividad y Competitividad Laboral) o al del Decreto Legislativo N° 276 (Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público) a las personas que laboran en diversas entidades del Estado bajo el sistema temporal CAS.

Se calcula ahora que más de 350,000 trabajadores estatales deberán ser incorporados de manera progresiva al régimen 276 o al 728.

La decisión del Parlamento ha generado un intenso debate entre los que presentan opiniones a favor y en contra.

De acuerdo con la Comisión de Trabajo, grupo legislativo que tuvo a su cargo la discusión del tema, la ley busca ofrecer a los miles de trabajadores CAS la oportunidad de ingresar a sistemas laborales más estables en los cuales puedan acceder a beneficios que ahora les son ajenos, como vacaciones y el pago de compensación por tiempo de servicios (CTS), entre otros. Según esta mirada, en el Estado no puede haber regímenes que ofrezcan condiciones distintas.

Asimismo, los representantes de este comité niegan que la incorporación de personal a la planilla del Estado genere un alto costo al tesoro público, pues deberá ser progresiva por un período de cinco años y respetando el presupuesto de cada entidad.

No obstante, en la otra orilla, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) expresó su discrepancia con la ley al señalar que la incorporación de más de 350,000 trabajadores CAS a los regímenes laborales antes mencionados atenta contra la meritocracia y la igualdad de oportunidades en el Estado.

Como ente especializado en el tema, Servir advirtió también que generará un incremento automático del 25% del costo de la planilla estatal y que, además, es inconstitucional, pues vulnera el artículo 79 de la Constitución, según el cual el Parlamento no tiene capacidad para crear ni aumentar gastos públicos.

Respecto a este debate, es necesario que un tema de tanto impacto en el país se discuta de forma técnica y tomando en cuenta las opiniones de todos los actores involucrados a fin de conseguir cambios que ocasionen una mejora de la situación actual. Es obvio que el régimen laboral en el Estado debe optimizarse con el propósito de brindar igualdad de oportunidades y condiciones mejores a los trabajadores. Sin embargo, para alcanzar ese objetivo quizá sea oportuno buscar una reforma integral, como la que ha planteado Servir con el régimen único de Ley del Servicio Civil, antes que recurrir a cambios aislados que podrían cuestionarse constitucionalmente.

El bienestar integral y duradero de los trabajadores estatales debe ser el objetivo primordial.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

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