El Poder Ejecutivo otorgó facilidades para los trabajadores que se desempeñen como miembros de mesa y electores en el marco de la segunda vuelta correspondiente a las elecciones generales de este 6 de junio de 2021 para la elección de Presidente y Vicepresidentes de la República. Fue mediante Decreto Supremo N° 012-2021-TR publicado en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano por el cual se declara el 7 de junio de 2021 como día no laborable de naturaleza no compensable para aquellos ciudadanos que se desempeñen como miembros de mesa durante la segunda vuelta en estas elecciones generales.
Para gozar de este beneficio el trabajador que se desempeñó como miembro de mesa deberá entregar a su empleador mediante soporte físico o digital, al momento de reiniciar su prestación de servicios, el Certificado de Participación entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).
Este beneficio se otorga por haber ejercicio efectivamente el cargo de miembro de mesa, no solamente por haber sido sorteado como tal. En ese sentido, sostuvo que se aplica a titulares, suplentes, así como a cualquier otro votante que hubiera ejercido dicho cargo en ausencia de los anteriores. Además, dijo, el trabajador no deberá devolver las horas no laboradas. Es la tercera vez que el tiempo no laborado no debe recuperarse; la primera fue para las elecciones congresales del 26 de enero de 2020 y la segunda para la primera vuelta de las elecciones generales y las congresales de abril de este año.
Conforme también al citado decreto supremo si la jornada de trabajo del trabajador que actúa como miembro de mesa coincide con el 6 de junio de 2021, estará facultado para no asistir a su centro de labor.
Este tiempo no laborado será recuperable y, los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades públicas dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar, según corresponda.
Ausencias compensables
Asimismo, se establece que los trabajadores de los sectores público y privado que presten servicios en provincias distintas a su lugar de votación y que participen en la segunda vuelta de las elecciones generales, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto, no laborarán los días viernes 4 , sábado 5 , domingo 6 y lunes 7 de junio de 2021.
En el sector privado, mediante acuerdo entre el empleador y el trabajador, se establecerá la forma como se hará efectiva la recuperación de los días no laborados; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.
En tanto que en el sector público, los titulares de las entidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar la adecuada prestación de los servicios de interés general, disponiendo además la forma para la recuperación de los días dejados de laborar.
Tolerancia
La norma también establece que los trabajadores de los sectores privado y público que no se encuentren en los supuestos señalados, cuyas jornadas de trabajo coincidan con el día de la segunda vuelta de las elecciones generales, tendrán derecho a periodos de tolerancia en el ingreso o durante la jornada de trabajo para ejercer su derecho al voto.
Por tanto, los empleadores del sector privado y los titulares de las entidades públicas dispondrán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar, según corresponda.
Ver informe: Decreto Supremo N° 012-2021-TR
Fuente: Diario Oficial El Peruano