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MTPE: INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS DEBEN FACILITAR A MADRES TRABAJADORAS ACCESO A LACTARIOS

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El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Iber Maraví invocó a las instituciones públicas y privadas a facilitar el acceso a los lactarios institucionales para la madre trabajadora, con la finalidad de garantizar el ejercicio pleno de sus derechos.Así lo sostuvo el titular del MTPE en el marco de la Semana de la Lactancia Materna donde, además, destacó la importancia de promover el uso de los lactarios porque son de vital importancia para el crecimiento y desarrollo saludable de niñas y niños del país.

El servicio de lactario es un medio que permite la continuidad de la lactancia materna de las mujeres que se reincorporan al trabajo luego de su licencia por maternidad, permitiendo la conciliación entre la vida familiar y el trabajo.

La Ley N° 29896 establece la implementación de lactarios en instituciones públicas y privadas para permitir la continuidad de la lactancia, como una medida que contribuya al cumplimiento de los objetivos de la política nacional que promueve la lactancia. 
Según el citado marco normativo, en donde laboren 20 a más mujeres en edad fértil se deberá implementar lactarios institucionales a través de sus oficinas de recursos humanos, con el objetivo de que toda madre que tenga un hijo o hija lactante, sin importar el régimen laboral, pueda hacer uso de este espacio. Deberá ser un espacio digno, exclusivo y saludable para la extracción y conservación de la leche materna, apunta la norma.

En el contexto pandémico

Se debe recordar que en el contexto de la pandemia por el covid-19, la Resolución Ministerial N° 448-2020-MINSA, dispone que los empleadores de las instituciones deberán priorizar el trabajo remoto en el caso de contar con madres lactantes. Si no fuera posible, estas no deberán estar ubicadas en espacios de exposición al público, con el fin de proteger la salud de la madre y del niño/a.
Las madres lactantes que se encuentran en trabajo remoto, mantienen el derecho a la lactancia y a establecer un horario para amamantar, en equivalencia al uso del lactario institucional, el cual debe ser coordinado con su empleador.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

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