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Las diferencias salariales en cargos similares no son suficientes establecerlas por el récord laboral pues es indispensable la política salarial

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Hechos: El inspeccionado fue sancionado por cometer actos de discriminación salarial, pues los trabajadores afectados percibían remuneraciones distintas de otros que tenían el mismo cargo y realizaban las mismas funciones.

En su defensa señaló que no se había valorado que los trabajadores involucrados presentaban récords laborales diferenciados (categoría y años de antigüedad); en ese sentido, no había necesidad recurrir a las políticas remunerativas conforme a la Ley 30709. Precisó que no correspondía la aplicación de la sanción, pues existían criterios objetivos que justificaban las diferencias salariales entre los trabajadores.

Cuestión controvertida: ¿El inspeccionado fue sancionado conforme a ley, pese a que se contaba con récords laborales que permitían justificar las diferencias salariales?

Fallo: Sí. Para la elaboración de los cuadros de categorías y funciones, así como para fijar las remuneraciones que corresponden a cada categoría sin discriminación, resulta indispensable el contenido de la política salarial. No es suficiente analizar récords laborales diferenciados. Por tanto, el inspeccionado no justificó con criterios objetivos las diferencias remunerativas detectadas por la autoridad.

Ver: Res. 751-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala

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