MATERIA:
Se consulta si a partir del 1.1.2023 el traslado de vehículos automotores importados con placa de exhibición del Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC) que salen por sus propios medios –conducidos por un chofer– desde una zona primaria –puerto o almacén– hasta el local designado por el importador requiere estar sustentado con Guía de Remisión Electrónica (GRE) o ticket de salida1
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BASE LEGAL:
- Resolución de Superintendencia N.º 007-99/SUNAT, Reglamento de Comprobantes de Pago, publicada el 24.1.1999 y normas modificatorias, en adelante RCP.
- Resolución de Superintendencia N.º 188-2010/SUNAT, que amplía el Sistema de Emisión Electrónica a la factura y documentos vinculados a esta, publicada el 17.6.2010 y normas modificatorias.
- Resolución de Superintendencia N.º 097-2012/SUNAT, que crea el Sistema de Emisión Electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente, publicada el 29.4.2012 y normas modificatorias.
- Resolución de Superintendencia N.º 255-2015/SUNAT, que regula el traslado de bienes utilizando el Sistema de Emisión Electrónica, publicada 19 de septiembre de 2015 y normas modificatorias
CONCLUSIÓN:
El traslado de vehículos automotores importados con placa de exhibición del MTC que salen por sus propios medios –conducidos por un chofer– desde una zona primaria – puerto o almacén- hasta el local designado por el importador no requiere estar sustentado con GRE o ticket de salida.
Fuente: Sunat.gob.pe
Ver informe: INFORME N.º 000065-2023