El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) informó que todo trabajador que resulte despedido tiene que conocer que esa desvinculación laboral debe estar motivada y realizarse en observancia a las causales previstas, las cuales pueden ser incurrir en faltas graves, ya sean de conducta o desempeño.
Conforme con el MTPE, puedes tener derecho a ser repuesto o recibir una indemnización, según la manera y circunstancias en que la desvinculación laboral se haya dado.
Un despido será considerado nulo cuando afecte derechos fundamentales como:
a) No ser discriminado por razones de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole, conforme al artículo 2° de la Constitución Política del Perú.
b) Los periodos de descanso prenatal de la madre gestante y posnatal de la lactante, siempre que el empleador no acredite la existencia de una causa justa para despedir.
c) La afiliación a un sindicato o la participación en actividades sindicales.
Para el caso del despido nulo, el trabajador afectado podrá demandar a su empleador tanto su reposición como una indemnización, mediante un proceso laboral o, inclusive, constitucional.
Fuente: Diario Oficial El Peruano