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Convenio entre Perú y Brasil para Evitar la Doble Tributación y para Prevenir la Evasión Fiscal en relación con el Impuesto a la Renta y las notas de corrección de su texto

Dicho tratado fue aprobado por el Congreso de la República mediante la Resolución Legislativa N° 29233, de 21 de mayo de 2008, ratificado internamente mediante el Decreto Supremo N° 019-2008-RE, de 5 de junio de 2008. 

Mediante la Nota N° (OPE) N° 6-2/143, de 23 de octubre de 2009, del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y la Nota N° 026, de 15 de enero de 2010, de la Embajada de la República Federativa del Brasil, el Perú y Brasil efectuaron correcciones en el texto del citado Convenio.

NOTA (OPE) N° 6-2/143

El Ministerio de Relaciones Exteriores – Oficina Ejecutiva de Promoción Económica, Dirección de Promoción de Inversiones y Proyectos de Desarrollo – saluda muy atentamente a la Honorable Embajada de la República Federativa del Brasil, y tiene a honra referirse al Convenio para Evitar la Doble Tributación y para Prevenir la Evasión Fiscal en relación al Impuesto a la Renta, suscrito entre el Perú y el Brasil, el 17 de febrero de 2006 y que entró en vigencia el 14 de agosto pasado.

Al respecto, debido a que el texto en castellano adolece de algunos errores de forma, se adjunta el documento anexo, a fin puedan realizarse las correcciones correspondientes para su publicación en el diario oficial, conforme lo establece la legislación interna.

Cabe señalar que este procedimiento no altera la entrada en vigor del citado instrumento, ni su plena aplicación a partir del 01 de enero de 2010, conforme lo estipula la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969.

Esta Nota, y la de respuesta del gobierno de la República Federativa del Brasil, materializarán la voluntad de ambas Partes en realizar dichas modificaciones al citado convenio.

El Ministerio de Relaciones Exteriores – Oficina Ejecutiva de Promoción Económica, Dirección de Promoción de Inversiones y Proyectos de Desarrollo – aprovecha esta oportunidad para renovar a la Honorable Embajada de la República Federativa del Brasil, las seguridades de su más alta y distinguida consideración.

N° 026

La Embajada de la República Federativa de Brasil saluda muy atentamente al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores – Oficina Ejecutiva de Promoción Económica, Dirección de Promoción de Inversiones y Proyectos de Desarrollo–y tiene a honra referirse a la NOTA (OPE) N° 6-2/ 143, de 29 de octubre de 2009.

2. Al respecto, la Embajada de Brasil informa que el Gobierno brasileño aceptó realizar las correcciones correspondientes para su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

La Embajada de la República Federativa de Brasil aprovecha la oportunidad para renovar al Honorable Ministerio de Relaciones Exteriores – Oficina Ejecutiva de Promoción Económica, Dirección de Promoción de Inversiones y Proyectos de Desarrollo – las seguridades de su más alta y distinguida consideración.

VER AQUÍ PUBLICACIÓN DEL TEXTO Y LAS NOTAS DE CORRECCIÓN DE SU TEXTO

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

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