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APRUEBAN REGLAS PARA FORTALECER MICROFINANCIERAS Y SIGAN PRÉSTAMOS A MYPES

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento operativo del Programa de Fortalecimiento Patrimonial de las Instituciones Especializadas en Microfinanzas, de carácter preventivo y temporal, que permitirá su implementación a fin de que estas empresas financieras sigan facilitando préstamos a las micro y pequeñas empresas (mypes), perjudicadas por la pandemia del covid-19.

La medida se dispuso mediante resolución ministerial (RM) 188-2021-EF/15, publicada en el diario El Peruano el 12 de este mes.
Este reglamento tiene por objeto regular los aspectos operativos y disposiciones complementarias necesarias para la implementación del citado programa, creado vía el decreto de urgencia (DU) 037-2021, a fin de proteger los ahorros del público, preservar la estabilidad macroeconómica y mantener la cadena de pagos, a través del fortalecimiento patrimonial y/o reorganización societaria de las empresas del sistema financiero especializadas en microfinanzas.

Se determina que el programa está conformado por los tres siguientes subprogramas:

a) Fortalecimiento de cajas municipales, dirigido a facilitar el fortalecimiento patrimonial de estas entidades a través de la participación temporal del Estado en el capital social, en forma de acciones preferentes.

b) Fortalecimiento de las instituciones privadas especializadas en microfinanzas (financieras, cajas ediles, caja municipal de crédito popular y cajas rurales), dirigido a facilitar el fortalecimiento patrimonial por medio de la compra temporal de parte del Estado de instrumentos representativos de deuda subordinada.

c) Facilitación de la reorganización societaria de IEM (instituciones especializadas en microfinanzas).

Se estipula que los recursos totales de todas las medidas a ser implementadas en el marco del Programa (es decir, en los tres subprogramas) no deben exceder el monto de la emisión interna de bonos autorizado hasta por 1,679 millones de soles.

Se dicta que Cofide es el encargado de la administración del Programa a través de la constitución de un fideicomiso de gestión, por el cual el MEF le transfiere a Cofide, en dominio fiduciario, los recursos que se asignen al Programa para la participación en las IEM a través de los siguientes instrumentos u operaciones:

i) Aporte de capital en acciones preferentes en los términos establecidos en el presente reglamento.

ii) Inversión en instrumentos representativos de deuda subordinada en términos fijados en este reglamento.

iii) Aporte de recursos para financiar el proceso de reorganización societaria en caso el valor de venta indicado en el presente reglamento resulte negativo y los recursos del Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) resulten insuficientes; y para el otorgamiento de coberturas para respaldar el pago de los “Pasivos Contingentes”, referidos en este reglamento.

Se determina que la presente norma entra en vigencia el 31 de diciembre del 2029.
Cabe destacar que según el DU 037-2021, que crea el Programa, las entidades microfinancieras pueden acogerse a los diferentes subprogramas de fortalecimiento patrimonial hasta el 31 de octubre del 2021.

Ver informe: Resolución ministerial (RM) 188-2021-EF/15

Fuente: Andina

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