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Aprueban proyecto de ley para frenar la venta de entradas falsas y la reventa en conciertos

El 12 de junio de 2023, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso aprobó por unanimidad el proyecto de ley que regula la venta de entradas a eventos de concurrencia masiva, y con el que se busca cortar la venta de entradas falsas y la llamada “reventa”.

Así, la norma propuesta por la congresista Digna Calle dispone que la cantidad de entradas puestas a la venta a eventos de concurrencia masiva, como conciertos de música o partidos de fútbol profesional, mediante plataformas digitales, no podrá ser mayor, desde ningún concepto, al aforo permitido en el lugar en donde se desarrolla la actividad, y su incumplimiento acarreará sanciones previstas en el reglamento.

“Este dictamen responde a la necesidad de ventas masivas a fin de disuadir la comercialización de entradas falsas y de aquellas que son vendidas en múltiples ocasiones conocidas como ‘reventa’ y las redes sociales han dado cuenta de constantes reclamos”, dijo el presidente de la comisión, Elías Varas ((PB) desde la ciudad de Trujillo, donde se realizó la sesión de manera descentralizada.

No a la reventa

Varas también se refirió al acaparamiento de entradas que realizan personas inescrupulosas para revenderlas y obtener ganancias. Así como dijo que incurren en la suplantación de los titulares.

Aclaró que la propuesta está dirigida a regular la venta de entradas en cualquier evento, independientemente de su naturaleza, que convoque a un público mayor a 100 personas y que implique necesariamente la compra de una entrada o boleto.

La congresista Calle Lobatón intervino para destacar que, de aprobarse su propuesta, ayudará a respetar el aforo en los espectáculos masivos.

Por otro lado, también fue aprobado, en forma mayoritaria, el dictamen que propone la creación de la Ventanilla Única de Recaudación de Derechos de Autor (VUR) y derechos conexos relacionados con obras musicales.

La propuesta es de autoría de la congresista Cheryl Trigozo Reátegui (APP), que plantea la modificación del Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor.

Con un texto sustitutorio se plantea que las entidades de gestión están obligadas a recaudar las tarifas a cobrar mediante las VUR de cobro de derechos de autor, tanto las variables y remuneración fija, deben ser razonables, equitativas y proporcionales a los ingresos obtenidos por la explotación de un repertorio, sean titulares nacionales o extranjeros, residentes o no en el país.

Fuente: Diario Oficial El Peruano

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